Encima de problemas sin resolver y con la misma infraestructura y personal, las autoridades estatales suman a su quehacer la lucha contra los pequeños vendedores de droga, que les cedió la Federación
Roberto Barboza Sosa / rbarbozasosa@hotmail.com
A escasos días de su nueva responsabilidad, el combate al narcomenudeo (que antes sólo competía al orden federal), las autoridades de Tabasco afirman estar preparadas para realizar esa tarea, aunque con la misma infraestructura y personal; incluso, la Procuraduría General de Justicia (PGJ) aún se encuentra sin definir el espacio físico donde estará la Unidad de Atención de ese delito contra la salud.
A partir de este 21 de agosto, las entidades federativas tendrán la obligación de entrarle a la lucha contra los pequeños vendedores drogas, tanto en aprehensión, indagatoria, consignación, sentencia y reclusión.
El procurador de Justicia de Tabasco, Gregorio Romero Tequextle admite que “estamos trabajando, todavía; en una semana más estaremos organizados” para esa nueva tarea.
Expresa que están conscientes de que a partir del 19 de agosto atenderán este delito cuya competencia les delegó la Federación. “Estamos preparándonos, y yo espero que estemos a tiempo”.
Dice que con el mismo personal —ministerios públicos, policía ministerial y secretarias— e infraestructura “que ya tenemos en la Procuraduría”, se atenderá el narcomenudeo.
Romero Tequextle asegura que las autoridades estatales “haremos todo lo posible, debemos de poder”, para recibir detenidos, efectuar averiguaciones y consignar a presuntos vendedores de droga.
SE REFORMARON LEYES, SIN MÁS RECURSOS
Hasta el sábado 11, en la PGJ aún no se tenía definida el área física donde se atenderá ese tipo de delito federal. Al no estar presupuestado este rubro para 2012, será hasta en el gasto público del año entrante en que se destine una partida para el área de narcomenudeo.
Desde el 12 de mayo del 2011, el Congreso local aprobó reformar los códigos Penal y de Procedimientos Penales, así como las leyes Orgánica del Poder Judicial y de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tabasco, que permiten prever el reconocimiento legal de la competencia conferida por la federación, por lo que atañe a la materia de narcomenudeo.
El decreto aprobado establece que en materia de narcomenudeo, la entidad conocerá de este delito a partir del 20 de agosto de 2012, en cumplimiento a lo previsto en el artículo transitorio primero, párrafo tercero del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 20 de agosto de 2009, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.
El decreto local incluso señalaba que mientras transcurrían el año y dos meses para que entrara en vigor esa disposición legal, las autoridades realizarían “las acciones necesarias a efecto de darle el debido cumplimiento”. Al parecer, será de última hora cuando empiecen a prepararse.
En la reforma a las leyes federales, en el apartado C del artículo 13 de la Ley General de Salud, se indica que “corresponde a la Federación y a las entidades federativas la prevención del consumo de narcóticos, atención a las adicciones y persecución de los delitos contra la salud, en los términos del artículo 474 de esta Ley”.
Este último artículo señala que “las autoridades de seguridad pública, procuración e impartición de justicia, así como de ejecución de sanciones de las entidades federativas, conocerán y resolverán de los delitos o ejecutarán las sanciones y medidas de seguridad”, excepto cuando presuman que se trata de delincuencia organizada.
EL DELITO SIGUE SIENDO FEDERAL
Según los considerandos de las reformas locales, el comercio de narcóticos en dosis individualizadas —conocido como narcomenudeo— desencadena una serie de efectos de trascendencia en distintos ámbitos.
Por una parte, el incremento considerable en la sociedad del consumo de drogas, particularmente en los jóvenes, debido a que los expendedores se encuentran fácilmente al alcance de cualquier persona, al realizar sus actividades en un radio de acción ilimitado, esto es, la vía pública, fiestas, bares, discotecas, casas habitación, expendios de bebidas alcohólicas, entre otros.
El decreto federal mencionado confirió competencia a las entidades federativas para lograr una lucha frontal y efectiva contra el narcomenudeo; sin embargo, el delito sigue siendo de orden federal pues de acuerdo con la Carta Magna los estados no tienen facultad para legislar en la materia. De ahí que la Ley General de Salud establezca el tipo penal y las sanciones para el delito de narcomenudeo.
A partir de este lunes 20 de agosto, entran en vigor las reformas al Código Penal, al Código de Procedimientos Penales, a Ley Orgánica del Poder Judicial y Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, todos del Estado de Tabasco, en el que se les dota de competencia para la investigación, ejercicio de la acción penal y de los procesos en materia de narcomenudeo.
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