martes, 15 de noviembre de 2011

Justicia prontita, aunque sea malita


El problema que padecemos, dentro de los muchos que hay, en el sistema de justicia penal, surgen por la dilación de los procesos, la inefectividad y falta de ética profesional de los servidores públicos encargados de la procuración e impartición de justicia.

El poder legislativo adoptó el modelo de aplicación de justicia que tienen países desarrollados como Estados Unidos, donde utilizan los juicios orales vigentes, buscando mejorar la calidad del servicio.
Su aplicación en Tabasco, se dice que dará mayor relevancia a la solución de conflictos por medios alternos, cuando se trate de delitos no graves. Y esto será incorporado a partir del año 2012 en esta entidad.
La reforma constitucional que trasciende los derechos humanos y las garantías individuales pareciera prometer juicios más ajustados al principio de legalidad, donde se respeten las fuentes y principios del Derecho a favor de la impartición de justicia.
Quienes conviven diariamente con las deficiencias del sistema saben dónde están sus fallas y observan con escepticismo la reforma legal local, de la que aún no sabemos nada; avizorando inconsistencias que propiciarán la impunidad; las pruebas que sirvan para sustentar el auto de vinculación a proceso deberán ser ratificadas ante la autoridad judicial en la audiencia final o madre, con el riesgo que esto último no suceda, lo que implicaría la absolución del enjuiciado.
Tratándose de delitos graves, la confrontación directa de los denunciantes y testigos con el enjuiciado podría ocasionar desenlaces funestos o de riesgo grave para sus vidas.
Hoy aún existe la posibilidad que la autoridad judicial sea capaz de apreciar las inconsistencias de las versiones de los declarantes, que en el nuevo sistema podrían escapar del escrutinio del juzgador, al llevarse a cabo todas las actuaciones en una sola audiencia, como deberá ser a futuro.
Es imperativa la discusión de las reglas del juego, donde herramientas efectivas del actual sistema continúen vigentes. Ejemplo: las jurisprudencias donde se da valor preferente a las primeras declaraciones de los probables responsables, pues ante una asesoría jurídica evasora, cualquiera se retractará de sus declaraciones incriminatorias.
Muchas dudas se originan; ¿Que garantía hay que el personal de la Procuraduría General de Justicia, la del Tribunal Superior de Justicia y de la Defensoría de Oficio, que hoy no respeta la legalidad y la ética profesional en su ejercicio, actuarán de modo diverso en el nuevo sistema?
Tales juicios no serán efectivos sin el empleo de la prueba científica, las técnicas de investigación criminal disponibles y laboratorios para obtener pruebas de capital importancia, como la de ADN que desenmascara lo hasta ahora imposible. ¿Contaremos con ello en el Estado?
Por las dudas, a portarnos mucho mejor todos; la mejor forma de evitarnos problemas.

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