lunes, 8 de octubre de 2012

Demolición o un arreglo conciliatorio, prevén para caso Sport City


El litigio que la SCJN dictaminó contra la empresa involucra a los ex ediles de Centro Florizel Medina, Evaristo Hernández, Jesús Alí y al aún en funciones 

Luis Enrique Martínez / luisenriquemarh@hotmail.com



La controversia del Gimnasio Sport City podría concluir esta semana si el Tribunal de lo Contencioso Administrativo estatal (TCA) finalmente acata el resolutivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que hasta en dos ocasiones resolvió la demolición del inmueble cuya construcción afectó la propiedad de María del Pilar Herrera Pizaña, quien apeló a la autoridad correspondiente en noviembre de 2009.
El juicio administrativo que originó la construcción del inmueble ubicado casi en la esquina de Avenida de los Ríos y Paseo Usumacinta está radicado en los expedientes de primera instancia 427/2009 y el 47/2012 en poder del pleno del TCA, cuya magistrada presidente Irma Wade Trujillo y, recientemente, Eligio León Traconis, magistrado de la Sala Uno, convirtieron en una verdadera pieza kafkiana.
A saber, en el litigio también están involucrados los ex alcaldes del ayuntamiento de Centro Florizel Medina Péreznieto, Evaristo Hernández Cruz, Jesús Alí de la Torre y Cuauhtémoc Muñoz Caldera. El primero por autorizar la primera etapa de la construcción y uso de suelo a los propietarios del predio aledaño a la casa habitación de Herrera Pizaña, los hermanos Antonio y Ruth Espinoza de los Monteros.
Y aunque el segundo permitió la etapa final de la edificación, fue el tercero “el que empezó a obstruir que la justicia llegara pronto” porque puso “miles de trabas en una solución, primero conciliatoria y luego con promover procedimientos que han obstruido la administración de justicia”, denuncia el abogado de la afectada, Williams López Ascencio.
Sostiene que el comportamiento del actual presidente municipal de Centro es el mismo que caracterizó en el caso al frustrado candidato a gobernador del Partido Revolucionario Institucional (PRI). Rechaza asimismo que los propietarios del inmueble en cuestión reciban la protección de Amílcar Sala. 
Durante las etapas de la controversia administrativa que en noviembre próximo cumplirá tres años, los involucrados en el caso han sostenido conversaciones conciliatorias informales. En ninguno de los encuentros se ha tocado la posible indemnización a la afectada, la cual demanda, primero, el pago de los daños ocasionados a su casa habitación así como “la restitución original del estado del suelo del inmueble”; y, por último, la cantidad de cinco millones de pesos como desagravio.

‘TROPIKAFKA’
El abogado Williams López Ascencio cree que a más tardar esta semana el TCA retomará la condena de la SCJN y dictamine la demolición del Gimnasio Sport City, aunque no descarta la posibilidad de una solución conciliatoria siempre y cuando los hermanos Antonio y Ruth Espinoza de los Monteros respondan a las demandas de Herrera Pizaña.
“La flexibilidad de la legislación respectiva abre la posibilidad de que no obstante la sentencia de la Suprema Corte pueda existir un arreglo conciliatorio entre las partes y el edificio continúe en pie pero todavía no llegan a ese punto. Y si no es así, se demolerá el edificio. No hay de otra”, dice en entrevista el profesional del Derecho tras narrar los diversos episodios del caso que inicio en noviembre de 2009.
Aquí la transcripción de su relato:
A los propietarios del inmueble Sport City, dice, les otorgaron una licencia de construcción y uso de suelo totalmente ilegal en una zona que no correspondía legalmente.
De tal suerte que en la construcción del gimnasio dañaron un inmueble propiedad de la señora María del Pilar Herrera Pizaña, quien, posteriormente,  promovió un juicio pidiendo la declaratoria de nulidad y de ilegalidad de los permisos de usos de suelo y licencia de construcción. Y como consecuencia de esa ilegalidad también solicitó la demolición del edificio que alberga el gimnasio Sport City. 
La primera resolución fue emitida el 9 de agosto de 2010. En ella sólo se da condenación a los puntos relativos a la declaratoria de ilegalidad y nulidad de los permisos de construcción y uso de suelo, pero se condena la indemnización por daños y perjuicios a mi defendida.
Tal sentencia llevó a la defensa de Herrera Pizaña a interponer un juicio de amparo ante la instancia federal para que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo local se pronunciara en relación a los daños y perjuicios. 
Posteriormente salió otra sentencia para el mismo procedimiento en la cual el TCA revocó la sentencia de la Segunda Sala en la que se confirma la sentencia de la demolición.
Contra esa condena el ayuntamiento de Centro promovió un recurso de revisión ante el pleno del TCA, cuyos magistrados quizá no estudiaron debidamente los agravios que revocaron la sentencia que había declarado procedente, primero, la declaratoria de nulidad de la licencia de construcción y uso de suelo, después, pasando por encima de todo ello, dijeron que el edificio era legal: “Que no corría ningún peligro, que estaba todo bien”.
Ante ello, la afectada volvió a promover un juicio de amparo que resolvió el Tribunal Colegiado de la Corte que dijo: “se concede el amparo a la señora María del Pilar Herrera Pizaña para los efectos de que el TCA deje sin efecto aquella sentencia y se pronuncie por una nueva en el que diga que ninguno de los agravios expresados por el ayuntamiento de Centro eran suficientes y que si hubiera motivación para considerar que el edificio no podría quedarse sino que habría de demolerse”.
Luego entonces, lo procedente es la demolición. Así se lo dice el Tribunal Colegiado al TCA.
Al respecto, la primera notificación se emitió el 27 de septiembre de 2012 en el que le dicen al TCA “deja insubsistente esa sentencia y pronuncia una nueva sentencia en un término de 24 horas”.
Pero los magistrados, lejos de cumplir con esa determinación, sólo deja insubsistente (infundada) la condena pero no pronuncian una nueva resolución. Entonces, el pasado 2 de octubre, el Tribunal Colegiado le vuelve pronunciar la sentencia para dentro de 24 horas a partir de la notificación del acuerdo, o sea el 3 de octubre de este año.
“Pero hasta el viernes 5, el TCA no había pronunciado la nueva sentencia. A través de la radio me enteré que el magistrado Eligio León Traconis decía que el Tribunal Colegiado no le había ordenado resolver dentro de 24 horas pero el acuerdo lo dice y, además, tomando en cuenta los artículos 106 y 107 de la Ley de Amparo que señalan que la sentencia debe dictarse en el término de 24 horas.
“Y no refiere que sea a pedacitos sino que sea total. No puedes tu decir voy a cumplir con la resolución del colegiado en partes…Por eso es que espero que la sentencia se emita el lunes o martes…”, especifica el abogado defensor.  

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