Al declararse formalmente iniciado el proceso electoral constitucional 2012, el Partido de la Revolución Democrática a través de Renato Arias, su representante ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, anunció que la participación de ese instituto político sería “bajo protesta” y con una condición invariable: la destitución de Armando Xavier Maldonado Acosta como secretario ejecutivo.
Javier Marín Hernández / clip.marin@gmail.com
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En el caso del Consejo Electoral de Tabasco existen criterios totalmente opuestos entre consejeros, lo que es sin duda una postura democrática y en la que se reconoce su libertad individual al momento de la toma de decisiones.
Pero no puede entenderse que ante ciertas condiciones que ponen en riesgo o son una amenaza-advertencia al proceso electoral en su conjunto, no exista un criterio homogéneo sobre los puntos en donde tiene que repararse y tomar decisiones inmediatas. Ahí está el caso de la Secretaría Ejecutiva del IEPCT.
Tras una serie de deliberaciones y acusaciones durante las sesiones públicas del Consejo Electoral, la permanencia de Maldonado Acosta quedó fuera de toda discusión, incluido el consejero presidente, Alfonso Castillo Suárez, quien reiteró el reconocimiento al servicio civil de carrera y la experiencia en materia electoral del abogado.
Sin embargo, el fallo del Tribunal Electoral Federal que revoca la resolución del Consejo del Instituto Electoral que había declarado improcedente la Coalición “Movimiento Progresista por Tabasco” integrada por el PRD-PT y Movimiento Ciudadano, pone ahora las cosas desde otra perspectiva.
La razón jurídica siempre estuvo de lado del PRD en este caso en particular, el de la conformación de la Coalición, sin embargo el dictamen de la resolución votada por el Consejo Electoral en sentido negativo tuvo la anuencia del propio Maldonado Acosta.
Es el momento de hacer una revisión exhaustiva de cuáles son las amenazas que enfrenta el IEPCT a partir de su enorme representatividad y por la responsabilidad que tiene del inicio, desarrollo, sanción y conclusión del proceso electoral.
Si la renuncia de Maldonado Acosta es una condición que permitirá asignar un voto de confianza al IEPCT y a sus resoluciones por parte de su principal crítico y detractor, el PRD, entonces esta determinación debería tener carácter de inmediato.
Y no es que se pretenda ceder a caprichos políticos, el asunto va más allá, porque con el fallo del Tribunal Federal quedó demostrada y evidenciada esa imparcialidad que ha venido argumentando la defensa legal del PRD.
De lo contrario, lo que mal inicia, mal acaba.
Pero no puede entenderse que ante ciertas condiciones que ponen en riesgo o son una amenaza-advertencia al proceso electoral en su conjunto, no exista un criterio homogéneo sobre los puntos en donde tiene que repararse y tomar decisiones inmediatas. Ahí está el caso de la Secretaría Ejecutiva del IEPCT.
Tras una serie de deliberaciones y acusaciones durante las sesiones públicas del Consejo Electoral, la permanencia de Maldonado Acosta quedó fuera de toda discusión, incluido el consejero presidente, Alfonso Castillo Suárez, quien reiteró el reconocimiento al servicio civil de carrera y la experiencia en materia electoral del abogado.
Sin embargo, el fallo del Tribunal Electoral Federal que revoca la resolución del Consejo del Instituto Electoral que había declarado improcedente la Coalición “Movimiento Progresista por Tabasco” integrada por el PRD-PT y Movimiento Ciudadano, pone ahora las cosas desde otra perspectiva.
La razón jurídica siempre estuvo de lado del PRD en este caso en particular, el de la conformación de la Coalición, sin embargo el dictamen de la resolución votada por el Consejo Electoral en sentido negativo tuvo la anuencia del propio Maldonado Acosta.
Es el momento de hacer una revisión exhaustiva de cuáles son las amenazas que enfrenta el IEPCT a partir de su enorme representatividad y por la responsabilidad que tiene del inicio, desarrollo, sanción y conclusión del proceso electoral.
Si la renuncia de Maldonado Acosta es una condición que permitirá asignar un voto de confianza al IEPCT y a sus resoluciones por parte de su principal crítico y detractor, el PRD, entonces esta determinación debería tener carácter de inmediato.
Y no es que se pretenda ceder a caprichos políticos, el asunto va más allá, porque con el fallo del Tribunal Federal quedó demostrada y evidenciada esa imparcialidad que ha venido argumentando la defensa legal del PRD.
De lo contrario, lo que mal inicia, mal acaba.
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