En las últimas semanas ha resurgido el debate sobre la necesidad de establecer mayores controles al endeudamiento público de las entidades federativas y municipios del país (de 316 mil millones según registro de la SHCP), lo cual abre al menos tres posibilidades:
Una, que finalmente el Congreso de la Unión apruebe algunas medidas que impidan que la opción del financiamiento público se convierta en una amenaza para la viabilidad financiera de los estados y municipios; dos, que la autoridad reguladora emita disposiciones administrativas para rescatar algunas entidades federativas o para limitar la contratación de deuda, sobre todo la de corto plazo; y tres, la menos deseable, que los tiempos y las formas del resurgimiento del tema, paradójicamente, cancelen cualquier intento de modificar el marco legal que, por omisión o disposición expresa, da sustento a estas operaciones de financiamiento.
Respecto a la primera posibilidad, existen en el Senado iniciativas (ver Gaceta Parlamentaria 156 y 247) que proponen modificar las normas que regulan la contratación de deuda en aspectos como el destino, autorización, justificación, registro, límites, armonización contable, planificación, normas prudenciales y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que deben establecerse para dar estabilidad y viabilidad a las finanzas públicas en el futuro inmediato.
Todo dependerá de que en el próximo periodo ordinario las agendas legislativas coincidan y de que exista voluntad y responsabilidad para debatir sobre un problema nacional cuya solución no debe postergarse y menos por coyunturas político-electorales.
En cuanto a la segunda posibilidad, el escenario no resulta ser muy alentador, en primer lugar, porque dudamos de que el supuesto ímpetu manifestado para intervenir tenga sustento Constitucional y/o legal; y en segundo lugar, porque en los últimos años hemos visto que la autoridad ha promovido en los asuntos de su competencia la autorregulación, como alentando a que el mercado corrija los vicios, por lo que desde hoy podríamos adelantar que las medidas anunciadas desde el ámbito administrativo serán insuficientes o simples paliativos que harán crecer más la problemática.
La tercera posibilidad es alimentada por el hecho de que la discusión ocurre en la víspera del arranque formal del proceso electoral federal, por lo que en algunas opiniones, señalamientos o acciones propuestas no sólo se percibe inquietud por el rápido crecimiento en el endeudamiento de las entidades federativas y sus municipios, sino también el afán de dañar al adversario político, es decir, la justificada preocupación no está ausente de la búsqueda de rentabilidad política, lo cual parece nulificar cualquier esfuerzo.
De cualquier forma, lo positivo es que hemos podido conocer información valiosa sobre el comportamiento de la deuda subnacional que en otras circunstancias se hubiera mantenido oculta.
Hay quienes piensan que deuda pública es un instrumento fundamental para las finanzas de los gobiernos, ya que les permite realizar grandes proyectos de inversión y satisfacer las necesidades de la población sin tener que esperar a recaudar fondos fiscales para ejecutar los proyectos, sólo que el endeudamiento público tiene una característica particular respecto a otras decisiones de la administración pública: es una decisión de carácter intertemporal; es decir, que cuando una administración toma la decisión de endeudamiento, en realidad están decidiendo utilizar en presente los ingresos de las futuras generaciones de contribuyentes y de las respectivas administraciones en turno.
Podrá decirse que las inversiones tienen por objeto reducir necesidades presentes y futuras; sin embargo, el endeudamiento, como todo instrumento financiero, está sujeto a las restricciones de un entorno cambiante que dificulta el cálculo de sus beneficios en el tiempo.
La preocupación no sólo estriba en este aspecto sino en el hecho de que es común que la contratación de empréstitos se realice con criterios de carácter político sobre los de eficiencia económica, que ponen en riesgo la estabilidad financiera de las haciendas públicas municipales y las finanzas de la federación. Es por ello que resulta urgente que el Congreso de la Unión haga su tarea.
Respecto a la primera posibilidad, existen en el Senado iniciativas (ver Gaceta Parlamentaria 156 y 247) que proponen modificar las normas que regulan la contratación de deuda en aspectos como el destino, autorización, justificación, registro, límites, armonización contable, planificación, normas prudenciales y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que deben establecerse para dar estabilidad y viabilidad a las finanzas públicas en el futuro inmediato.
Todo dependerá de que en el próximo periodo ordinario las agendas legislativas coincidan y de que exista voluntad y responsabilidad para debatir sobre un problema nacional cuya solución no debe postergarse y menos por coyunturas político-electorales.
En cuanto a la segunda posibilidad, el escenario no resulta ser muy alentador, en primer lugar, porque dudamos de que el supuesto ímpetu manifestado para intervenir tenga sustento Constitucional y/o legal; y en segundo lugar, porque en los últimos años hemos visto que la autoridad ha promovido en los asuntos de su competencia la autorregulación, como alentando a que el mercado corrija los vicios, por lo que desde hoy podríamos adelantar que las medidas anunciadas desde el ámbito administrativo serán insuficientes o simples paliativos que harán crecer más la problemática.
La tercera posibilidad es alimentada por el hecho de que la discusión ocurre en la víspera del arranque formal del proceso electoral federal, por lo que en algunas opiniones, señalamientos o acciones propuestas no sólo se percibe inquietud por el rápido crecimiento en el endeudamiento de las entidades federativas y sus municipios, sino también el afán de dañar al adversario político, es decir, la justificada preocupación no está ausente de la búsqueda de rentabilidad política, lo cual parece nulificar cualquier esfuerzo.
De cualquier forma, lo positivo es que hemos podido conocer información valiosa sobre el comportamiento de la deuda subnacional que en otras circunstancias se hubiera mantenido oculta.
Hay quienes piensan que deuda pública es un instrumento fundamental para las finanzas de los gobiernos, ya que les permite realizar grandes proyectos de inversión y satisfacer las necesidades de la población sin tener que esperar a recaudar fondos fiscales para ejecutar los proyectos, sólo que el endeudamiento público tiene una característica particular respecto a otras decisiones de la administración pública: es una decisión de carácter intertemporal; es decir, que cuando una administración toma la decisión de endeudamiento, en realidad están decidiendo utilizar en presente los ingresos de las futuras generaciones de contribuyentes y de las respectivas administraciones en turno.
Podrá decirse que las inversiones tienen por objeto reducir necesidades presentes y futuras; sin embargo, el endeudamiento, como todo instrumento financiero, está sujeto a las restricciones de un entorno cambiante que dificulta el cálculo de sus beneficios en el tiempo.
La preocupación no sólo estriba en este aspecto sino en el hecho de que es común que la contratación de empréstitos se realice con criterios de carácter político sobre los de eficiencia económica, que ponen en riesgo la estabilidad financiera de las haciendas públicas municipales y las finanzas de la federación. Es por ello que resulta urgente que el Congreso de la Unión haga su tarea.
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