martes, 30 de agosto de 2011

Se prepara la UJAT para un nuevo rectorado


Hereda una institución que pasó del sitio 32, que no daba resultados, a ubicarla en la media de las universidades públicas

Hasta la primera quincena de enero de 2000, el rector de la UJAT, Freddy Priego Priego, estaba seguro de que sería reelecto, sin embargo el 20 de ese mes, cuando visitaba muy temprano las instalaciones de la unidad ubicada en Cunduacán, recibió una llamada de que la Junta de Gobierno revisaba la trayectoria de Jorge Abdó Francis. Era el último año del sexenio de Roberto Madrazo Pintado.
Desde que llegó a la rectoría, Abdo Francis trabajó por la reelección. En octubre de 2003, a tres meses de la decisión de la Junta de Gobierno instituyó la cátedra extraordinaria “Tito Ruffo Andrade Santamaría”, inaugurada por el gobernador Manuel Andrade Díaz.
Esa ceremonia a la que asistió la familia gobernante no fue suficiente para la reelección, se atravesó Candita Gil Jiménez en enero de 2004.
De ese movimiento que fluctúa entre lo que establece la Ley Orgánica universitaria y la cúpula de poder puede encontrarse una explicación en la entrevista radiofónica que Gil Jiménez le concedió a “Sin Reservas”, de Carlos Huerta.

Al enviarle sus saludos, el ahora ex gobernador Manuel Andrade dijo de Candita Gil que es “una valiosa mujer, extraordinaria rectora, destacadísima tabasqueña, sabe que un buen futuro depende de un buen presente”.
La rectora le agradeció el cumplido y reveló indirectamente:
“Un día le pregunté a Manuel Andrade, por qué me había hecho secretaria de la Contraloría del Gobierno del Estado de Tabasco, y me dijo: porque tengo muy buenas referencias tuyas, que eres muy trabajadora, y que no tienes colas que te pisen”.
Gil Jiménez llegó a la rectoría en relevo de Abdó Francis a quien casualmente lo había relevado en la Contraloría.
En la entrevista de enero de este año, Candita Gil se sinceró:
“A Manuel le estoy muy agradecida, también al Químico, Granier es mi amigo no de ahora. El otro día lo comentaba con los rectores: yo al Químico no lo conocí llegando a ser rector, por aquellas voces que decían: no, llegando el Químico la rectora se va ir de la Universidad…”, comentó cortando la frase.
En enero de 2008 trascendió que la ratificación de Candita Gil comenzó a proyectarse desde la visita de Felipe Calderón a esa casa de estudios a principios de octubre de 2007.
La señal fue que Felipe Calderón y Andrés Granier estaban satisfechos de la forma en que los estudiantes y las autoridades universitarias recibieron al presidente.
La noche del 15 de enero de 2008, al término de una reunión fast track sorpresiva, el presidente de la Junta de Gobierno, Agustín Centurión Hidalgo, informó que Gil Jiménez había sido reelecta.
Los otros integrantes de la terna fueron el secretario de Servicios Administrativos, José Manuel Piña Gutiérrez, que repitió en el cargo, y el director de la División Académica de Ciencias Agropecuarias, Jorge Arturo Díaz González, quien fue nombrado secretario Técnico de Rectoría.

Escala en el ranking
Al inicio de su segundo periodo, la rectora se comprometió ubicar a la UJAT en entre las diez mejores instituciones de educación superior del país. Cumplir este reto le ha sido imposible, pero sí la hizo colocar entre las 20 primeras de las universidades públicas, después de que estaba en el sitio 32 en que la encontró en 2004.
De acuerdo con un comparativo de varios rankings, en Tabasco la UJAT se ubica por debajo de los campus de la Universidad del Valle de México, pero está muy por encima de la Universidad Montemorelos, el Instituto Tecnológico de Villahermosa, la Universidad Olmeca, la Universidad Popular de la Chontalpa y la Universidad de Sotavento.
Los rankings, de acuerdo con información publicada en julio de este año por el Diario Reforma, son una herramienta altamente persuasiva al momento de decidir en qué centros de educación superior colocarán los recursos.
El problema radica en cómo encontrar parámetros confiables de medición para instituciones que, por su naturaleza, presentan una gran diversidad en el país.
En uno de sus estudios, Reforma pone especial énfasis en la opinión de empleadores, tanto del sector público como del privado, y de profesores y estudiantes.
Para su estudio, las universidades se eligieron sobre la base de la mayor inscripción de estudiantes en cada una de las carreras, que además cumplieran los siguientes requisitos: 1) tener una matrícula estudiantil de más de mil alumnos; 2) que cada carrera evaluada tenga un mínimo de 40 alumnos matriculados; 3) que el programa de estudios evaluado tenga validez oficial; y 4) que la universidad tenga, en la carrera evaluada, por lo menos una generación de egresados.
Se toman en cuenta, además, varios indicadores de desempeño, entre ellos la calidad de la enseñanza, la cantidad de citas que tienen los trabajos de investigación de cada entidad, innovación, cantidad de investigaciones, número de estudiantes por profesor, cantidad de estudiantes con doctorado y la mixtura internacional entre estudiantes y profesores.
Pero, fundamentalmente, lo que distingue a una universidad es la generación de conocimiento y que dejen de ser sólo “enseñaderos”.






Tres órganos, una autoridad
La elección del rector, la transparencia de sus finanzas, la autonomía y la libertad de cátedra de la UJAT son responsabilidad del Consejo Universitario, la Junta de Gobierno y el Patronato.
La Ley Orgánica de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT) establece que la elección (y, en su caso, una reelección) le compete a la Junta de Gobierno a propuesta de una terna del Consejo Universitario, que preside el rector en turno y si lo considerara podría auscultar a la opinión universitaria.
También le corresponde a la Junta de Gobierno (Art. 19) resolver acerca de su renuncia y removerlo por causa justificada.
Además nombra a los directores generales de Unidad de las ternas de candidatos que le presente el rector de la Universidad, quien formulará de la lista de cuando menos cinco personas que deberá proponerle el Consejo Técnico de cada Unidad Académica.
A la vez, al Consejo Universitario le corresponde nombrar a los integrantes de la Junta de Gobierno de las propuestas enviadas por los Consejos Técnicos de las Unidades Académicas; designar a los miembros del Patronato a propuesta del Rector e integrar la terna para la designación del Rector.
El Consejo está integrado por el Rector, quien lo preside; los directores generales de Unidad; los directores de División; los secretarios de Servicios y directores de Área; un representante académico, uno de los alumnos por cada una de las divisiones que integran las unidades académicas, el presidente de la Sociedad de alumnos de cada División y un representante administrativo.
Otra de sus facultades (Art. 14) es la de designar al Auditor Externo y autorizar el Proyecto del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la Universidad, así como conocer y aprobar, en su caso, los estados financieros que con el dictamen del Auditor Externo someta a su consideración el Patronato.
El otro órgano, el Patronato (Art. 27), es designado por el Consejo Universitario a propuesta del Rector y sus integrantes tienen experiencia en asuntos financieros.
Le corresponde al Patronato formular el proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la Universidad y ponerlo a la consideración del Rector de la misma, quien lo someterá a la aprobación definitiva del Consejo Universitario.
Tiene facultad también para presentar al Consejo Universitario, dentro de los tres primeros meses a partir de la fecha en que concluya un ejercicio presupuestal, los estados financieros con el dictamen del Auditor Externo nombrado para el caso por el propio Consejo; asimismo, nombrar al Auditor Interno de una terna propuesta por el Rector, para la supervisión de los asuntos financieros de la Universidad.
La autonomía de la UJAT está garantizada por el Artículo 30 Constitucional para que se organice, admini
stre y funcione libremente, y sea sustento de las libertades, pero jamás como fórmula de extraterritorialidad que implique la sustracción del organismo, del orden jurídico político del Estado.
Y la Ley Orgánica de la UJAT establece en su artículo 4º que tiene como fines esenciales impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad que satisfagan prioritariamente las necesidades planteadas por el desarrollo económico, social y cultural del Estado de Tabasco.
La Universidad (Art. 5º) examinará todas las corrientes del pensamiento humano, los hechos históricos y las doctrinas sociales con la rigurosa objetividad que corresponde a sus fines.
Los principios de libertad de cátedra y de libre investigación normarán las actividades de la Universidad, aunque la violación de estos principios en beneficio de la propaganda política o religiosa, así como la comisión de actos contrarios al decoro de la Universidad y al respeto que entre sí se deben sus miembros, serán motivo de sanción.

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